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Artículo
escrito por Axel
Buchheister publicado
en www.trinchera.cl
(Junio 2004). Página Web
de opinión de nuestro
socio Jorge Arturo
Prat.
AXEL
BUCHHEISTER es
abogado (Pontificia
Universidad Católica
de Chile) y se
desempeña actualmente
como director del
Programa Legislativo
del Instituto Libertad
y Desarrollo. Su
especialidad es
Legislación
Económica y de
Defensa Nacional. Sus
opiniones son
recogidas
habitualmente en
columnas de diarios y
revistas nacionales,
así como en
entrevistas de TV. Es
Presidente del Club
Nacional de Tiro al
“Defensores de Chile”.
DESARMANDO
A LA GENTE
En
el Congreso avanza un
proyecto que pretende
introducir
modificaciones
importantes a la Ley
de Control de
Armas.
El
Gobierno lo ha
transformado en un
proyecto “emblemático”
en la lucha contra la
delincuencia. Tanto
así, que el
Presidente de la
República en su
reciente cuenta anual
a la Nación, lo ha
mencionado como una de
las iniciativas clave
para combatir dicho
flagelo.
Cuando
se pasa revista a su
texto, se constata que
lo que
fundamentalmente hace
es poner restricciones
a los ciudadanos para
que adquieran y
mantengan armas de
fuego. En efecto,
ahora para adquirir un
arma las personas
deberán, además de
todos los trámites
existentes, probar que
poseen suficiente
aptitud física y
sicológica, amén de
acreditar que están
capacitados para
manejarlas y darles
debida conservación y
mantenimiento. Más
aún, deberán cada 5
años demostrar que
mantienen la aptitud
física y sicológica,
y en caso contrario
perderán las que
tengan.
La
primera cuestión es
cómo contribuye a
disminuir la
delincuencia que los
ciudadanos tengan
menos acceso a medios
de defensa eficaces.
Más bien parece que
tales restricciones
pueden alentar la
delincuencia, que se
sentirá mayor
seguridad para actuar
sabiendo que hay menos
posibilidad que la
víctima se
defienda.
Lo
segundo –y casi
obvio– es que las
restricciones legales
para poseer y portar
armas no tendrán
efecto alguno sobre la
tenencia de armas por
los delincuentes, a
quienes por
definición no les
importa lo dice la
ley. Se olvida una
verdad elemental: si
las armas están fuera
de la ley, sólo los
que estén fuera de la
ley tendrán
armas.
El
argumento con que se
ha tratado de validar
la restricción de las
armas en poder los
particulares, es que
ellas serían
usualmente robadas por
los delincuentes y les
servirían para
cometer nuevos
delitos. Si se
prohíben o limitan,
se cortaría la
espiral del delito. El
cuento de don Otto:
vender el sofá. Es
como sostener que si
ha aumentado el robo
de televisores, el
problema se puede
solucionar prohibiendo
que la gente tenga
televisores. Combatir
el delito es
responsabilidad de la
Autoridad y si ella
fuera eficaz en su
tarea, disminuirían
los delitos y, por
ende, los robos de
armas. El Gobierno en
este punto hace un
juego de palabras y
traspasa la
responsabilidad de su
propia ineficacia a
quienes debiera rendir
cuentas: los
ciudadanos.
Pero
además, el argumento
de la sustracción a
particulares como
fuente del armamento
que usa la
delincuencia, es
empíricamente
incorrecto. Dos son
los antecedentes que
corroboran este
aserto.
En
primer lugar, según
cifras oficiales de la
Dirección General de
Movilización
Nacional, que es la
Autoridad técnica en
materia de armas de
fuego, sólo una parte
menor de las que
fueron utilizadas en
actos delictivos tuvo
su origen en armas
inscritas. En efecto,
corresponde a esa
Dirección hacerse
cargo de la
destrucción de las
armas de fuego que han
intervenido en actos
ilícitos, una vez
concluido los procesos
judiciales
respectivos. Las
estadísticas
entregadas sobre tal
destrucción en el
año 2003, indican que
sólo el 23,3%
correspondían a armas
inscritas, mientras
que el 76,7% eran no
inscritas. Es decir,
menos de una de cada
cuatro armas usadas
por la delincuencia
proviene de armas
legales en poder de
los ciudadanos. A la
inversa, más de tres
de cada cuatro tiene
su origen en el
contrabando,
fabricación artesanal
(“hechizas”) o
posesión ilegal de
armas no
inscritas.
En
segundo lugar, la
propia Encuesta de
Victimización del
Ministerio del
Interior (mayo de
2004), señala que del
total de asaltos
cometidos entre
septiembre y diciembre
de 2003, sólo en un
75% de los casos el
delincuente exhibió
un arma. De éstos, en
un 73% mostró un
cuchillo, un 16,9% un
arma de fuego y un
8,9% otra diversa,
como un garrote. Es
decir, sólo en un
12,7% de los asaltos
se empleó un armas de
fuego.
Ahora
bien, el asunto de
limitar la posesión
de armas de fuego en
función de
estabilidad psíquica
no es más que un
lugar común. Ya antes
se pretendió limitar
la entrega de la
licencia de conducir a
la aprobación de un
examen psicológico,
exigencia que terminó
por ser derogada por
absurda. El valor
predictivo del examen
es discutible y
además los ciudadanos
no tienen por qué
estar sujetos a la
duda y demostrando a
la autoridad que
están cuerdos. Se
cita el caso de un
enajenado mental que
atacó con un arma de
fuego sin razón al
Presidente de la Junta
de vigilancia de un
edificio en la comuna
de Las Condes: aparte
de ser un hecho
aislado y poco común,
el ataque igual
habría sido llevado a
cabo con un arma
blanca o un elemento
contundente.
A
su turno, la exigencia
de comprobar
conocimientos sobre
“conservación y
mantenimiento” del
arma es irrisoria:
¿se referirá a saber
cómo se aceita una
pistola? Una simple
traba adicional, que
además pretende regir
la vida del ciudadano
en un acto
elemental.
En
suma, queda demostrado
que no existe
relación relevante
alguna entre armas
poseídas
legítimamente por los
ciudadanos y
delincuencia. Por lo
mismo, no hay razón
para que se hagan
modificaciones a la
Ley de Control de
Armas. ¿Que puede
tener que ver la
exigencia que las
personas demuestren su
aptitud psicológica o
física para tener un
arma de fuego con el
combate a la
delincuencia?
Simplemente
nada.
Y
como nada tiene que
ver, la pregunta que
surge es por qué la
insistencia en
modificar dicha ley.
Lo que se pretende es
privar a los
ciudadanos de su
derecho a tener armas
de fuego, o al menos
restringirlo
severamente,
simplemente por
razones ideológicas.
Apelar a la
delincuencia es un
burdo pretexto
comunicacional y un
argumento puramente
distractor.
¿Tienen
derecho los ciudadanos
a tener armas de
fuego? Aunque hoy las
armas no sean tan
populares, no por ello
deben ser proscritas y
hay razones de fondo
para ello: la
posibilidad de poseer
arma de fuego, aunque
no se ejercite,
constituye una medida
de la libertad de las
personas. En efecto, a
los esclavos jamás se
les ha permitido tener
armas, pues de
tenerlas lucharían
por su libertad. Es
sintomático que el
país más libre de la
tierra, Estados
Unidos, garantice
constitucionalmente a
sus ciudadanos el
derecho a poseer armas
de fuego; por el
contrario, en la
Unión Soviética
nunca se permitió a
los ciudadanos
tenerlas y se entregó
su monopolio al
Estado.
En
Estados Unidos lo
tienen claro. Si la
Ley de Control de
Armas chilena hubiera
estado vigente en 1770
en ese país, aún
sería colonia
británica. Fue el
pueblo el que se
levantó contra el
poder que lo oprimía
y que luchó por su
libertad. Por ello, el
derecho de tener armas
es símbolo la
libertad.
Si
alguien tuviera el
hipotético objetivo
de someter a los
ciudadanos, la forma
más segura de hacerlo
sería prohibirles que
tengan armas de fuego;
no vaya a ser que se
resistan. Cualquier
semejanza con la
realidad es pura
coincidencia.
A.
B. |